AFAP Itaú
Trámites

Jubilación para mayores de 65 años afiliados a BPS

Jubilación por edad avanzada en Régimen Jubilatorio Anterior:

  • 70 años de edad y 15 años de servicios.
  • 69 años de edad y 17 años de servicios.
  • 68 años de edad y 19 años de servicios.
  • 67 años de edad y 21 años de servicios.
  • 66 años de edad y 23 años de servicios.
  • 65 años de edad y 25 años de servicios.

Las personas nacidas en 1977 o con posterioridad, también podrían configurar causal jubilatoria normal:

  • 70 años de edad y 15 años de servicios.
  • 69 años de edad y 18 años de servicios.
  • 68 años de edad y 21 años de servicios.
  • 67 años de edad y 24 años de servicios.
  • 66 años de edad y 27 años de servicios.

El pago de la jubilación es realizado por una empresa aseguradora elegida por el trabajador y autorizada por el Banco Central del Uruguay, a la cual la AFAP vuelca los ahorros acumulados en la cuenta personal.

Requisitos

  • Oficio BPS (*****)
  • Cédula de identidad y fotocopia de la misma.
  • Opción y declaratoria para BSE (se emite y firma en AFAP Itaú). (*) Los oficios son verificados únicamente por la AFAP a través de la web de BPS.

Modalidad

Fecha de Publicación: 03/02/2026 00:00

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