AFAP Itaú
Trámites

Pensión por fallecimiento

En caso del fallecimiento del afiliado en actividad, ya jubilado o percibiendo el subsidio transitorio por incapacidad parcial quienes acrediten ante el BPS su calidad de beneficiarios del mismo, tendrán derecho a una pensión en la AFAP según las condiciones que la ley establece.

Requisitos

  • Oficio BPS (*****)
  • Fotocopia de cédulas de los beneficiarios. En el caso de menores o discapacitados se debe agregar la fotocopia de cédula del representante legal y el documento original que acredite su calidad de tal: partida de nacimiento, curatela o autorización judicial según corresponda.

(*) Los oficios son verificados únicamente por la AFAP a través de la web de BPS.

Modalidad

Fecha de Publicación: 15/02/2026 00:00

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